NO TODO LO LEGAL ES JUSTO Dilemas morales del derecho moderno

Por Lic. Cesáreo González, Abogado, Analista jurídico.
En 1945, el mundo presenció un momento histórico que marcó un antes y un después en la concepción del derecho y la justicia: los juicios de Núremberg. Durante ese proceso judicial, se juzgó a los principales responsables del régimen nazi por crímenes atroces que, aunque amparados en leyes vigentes, eran profundamente injustos. Esta paradoja abrió el debate sobre la diferencia entre legalidad y justicia, una tensión que sigue vigente en la actualidad.
Como señaló el destacado jurista alemán Gustav Radbruch, uno de los primeros en abordar esta problemática después de la Segunda Guerra Mundial:
“Cuando la ley es intolerablemente injusta, debe ceder ante la justicia”.
Hoy, más que nunca, debemos preguntarnos: ¿puede un sistema jurídico legitimar la injusticia bajo el amparo de la legalidad? En este artículo, exploraremos cómo el derecho moderno puede ser instrumentalizado para violar derechos humanos y plantearemos caminos hacia una ética jurídica comprometida con la dignidad humana.
¿Puede una ley ser válida y a la vez injusta?
La corriente dominante del positivismo jurídico, representada por Hans Kelsen, sostiene que la validez de una norma depende exclusivamente de su creación conforme a procedimientos legales establecidos, sin importar el contenido moral. Sin embargo, esta visión ha sido cuestionada por el iusnaturalismo, que defiende que toda ley debe respetar principios éticos universales inherentes a la condición humana.
En 1946, Radbruch sintetizó este debate en lo que se conoce como la “Fórmula de Radbruch”:
Una ley debe ser derogada cuando (1) no persigue la justicia, (2) viola la igualdad básica o (3) fue creada con desprecio a los derechos humanos fundamentales.
Las Leyes de Núremberg de 1935 son un ejemplo trágico y contundente. Estas normas legalizaron la exclusión y persecución racial, sentando las bases jurídicas para el Holocausto. Al concluir la guerra, los tribunales aliados declararon estas leyes “nulas” por su flagrante injusticia, estableciendo un principio fundamental: la legalidad no puede ser escudo para la inmoralidad.
Cuando la ley oprime
Hoy, la instrumentalización del derecho para legitimar la opresión sigue siendo una realidad preocupante en distintas partes del mundo:
Gaza (2023): Israel llevó a cabo un bombardeo masivo sobre Gaza, argumentando legítima defensa conforme al artículo 51 de la Carta de la ONU. Sin embargo, la Oficina de Derechos Humanos de la ONU documentó más de 6,000 muertes civiles en apenas tres meses, calificando las acciones como castigo colectivo, práctica prohibida por el Derecho Internacional Humanitario y una violación grave a los derechos humanos.
Ucrania: Rusia invadió el territorio ucraniano bajo el pretexto de proteger a la población rusoparlante. La Corte Internacional de Justicia determinó que esta acción violaba la soberanía y la Carta de la ONU. No obstante, el Consejo de Seguridad permanece paralizado, bloqueado por el derecho de veto de potencias con intereses geopolíticos.
Corea del Norte: El artículo 87 de su Constitución obliga a sus ciudadanos a “defender el liderazgo del Partido”. Este mandato constitucional sirve para justificar un sistema represivo donde, según informes de la ONU, más de 120,000 personas permanecen en campos de trabajo bajo condiciones inhumanas.
Nicaragua: La Ley 1055, aprobada en 2020, califica de “terroristas” a quienes critican al gobierno, resultando en la encarcelación arbitraria de más de 250 opositores sin las garantías del debido proceso, según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Además, observamos un doble estándar global en la aplicación de la justicia: mientras la Corte Penal Internacional (CPI) ha investigado cerca de 200 casos de crímenes graves, sólo un pequeño porcentaje involucra a países occidentales, muchos de los cuales no reconocen su jurisdicción. Paralelamente, el bloqueo económico de Estados Unidos contra Cuba, legalizado bajo la Ley Helms-Burton, ha sido condenado en más de 30 ocasiones por la ONU por vulnerar derechos fundamentales como el derecho al desarrollo.
Propuestas para un derecho ético y justo
Para transformar el derecho en un verdadero instrumento de justicia y no de opresión, proponemos las siguientes líneas de acción:
Reformas institucionales profundas:
Eliminar el derecho de veto en el Consejo de Seguridad de la ONU para casos relacionados con crímenes de guerra y violaciones graves de derechos humanos.
Impulsar la ratificación de tratados internacionales sin reservas ni cláusulas que permitan evadir responsabilidades, como la Convención contra las Desapariciones Forzadas.
Educación jurídica transformadora:
Incluir la ética profesional como materia obligatoria en todas las facultades de Derecho, incorporando casos emblemáticos como Brown vs. Board of Education (EE.UU., 1954), donde la Corte Suprema declaró injustas las leyes segregacionistas.
Promover clínicas jurídicas y espacios de práctica que permitan a estudiantes y profesionales desafiar leyes y prácticas locales que vulneren derechos, como sucede con amparos y recursos en México y otros países.
Movilización y participación ciudadana:
Aprovechar las tecnologías digitales para documentar y denunciar violaciones de derechos humanos, como ocurrió con la campaña #SOSCuba en 2021, que sorteo la censura estatal y visibilizó la crisis social.
Exigir consultas públicas vinculantes y transparentes antes de aprobar reformas legales o políticas que afecten derechos fundamentales, particularmente en América Latina.
Conclusión
El derecho, lejos de ser neutral, es una herramienta que puede servir para la liberación o para la opresión. En casos como Gaza, Ucrania, Corea del Norte y Nicaragua, hemos visto cómo la legalidad puede ser manipulada para silenciar y castigar a los más vulnerables.
Recordemos las palabras del jurista Luigi Ferrajoli, quien define el verdadero Estado de derecho como:
“No el gobierno de las leyes, sino de las leyes justas”.
La responsabilidad que recae sobre los juristas y ciudadanos es clara: construir un sistema legal donde lo legal y lo justo no sean conceptos enfrentados, sino sinónimos inseparables.
Referencias
Radbruch, G. (1946). Gesetzliches Unrecht und übergesetzliches Recht. Süddeutsche Juristenzeitung.
ONU. (2023). Informe sobre la situación en Gaza. A/HRC/49/85.
CIDH. (2023). Nicaragua: Criminalización de la disidencia. OEA/Ser.L/V/II.
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