Multilateralismo y Derecho Internacional a 80 Años de la ONU

Por Lic. Cesáreo González
Analista de Derecho Internacional Público
Introducción: 2025, un punto de inflexión en el derecho internacional y el multilateralismo
El año 2025 quedará registrado como un hito fundamental en la historia del derecho internacional contemporáneo. A ochenta años de la fundación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la comunidad internacional no solo conmemoró su trayectoria, sino que impulsó debates, reformas y compromisos que marcarán el rumbo del orden jurídico internacional en el siglo XXI.
Entre abril y octubre tuvo lugar la Expo Mundial 2025 en Osaka, mientras que en septiembre se celebraron la 80.ª Asamblea General en Nueva York, la Semana de Alto Nivel, la Conferencia de Alto Nivel sobre la Plataforma de Beijing+30 y numerosos foros temáticos. El 24 de octubre, Día de las Naciones Unidas, se convirtió en un momento de reafirmación global del multilateralismo. Además, 2025 fue proclamado Año Internacional de las Cooperativas y Año Internacional de la Preservación de los Glaciares, impulsando agendas de desarrollo sostenible y protección ambiental.
Estos eventos no fueron simples actos conmemorativos. Representaron una evaluación colectiva del sistema internacional construido desde 1945 y abrieron la puerta a reformas profundas en el derecho y la gobernanza global.
I. La Carta de las Naciones Unidas: base normativa del orden internacional contemporáneo
Desde su entrada en vigor el 24 de octubre de 1945, la Carta de las Naciones Unidas ha constituido la piedra angular del derecho internacional moderno. Sus principios fundamentales siguen siendo la base del orden jurídico global:
Igualdad soberana de los Estados (art. 2.1).
Prohibición del uso o amenaza de la fuerza (art. 2.4).
No intervención en los asuntos internos (art. 2.7).
Cumplimiento de buena fe de las obligaciones internacionales (art. 2.2).
Estos principios son hoy normas consuetudinarias, muchas de ellas de carácter imperativo (jus cogens), como reconoció la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en casos emblemáticos como Nicaragua vs. Estados Unidos (1986).
En 2025, durante los actos conmemorativos, la Asamblea General reafirmó la vigencia de estos principios como marco indispensable para afrontar desafíos globales como el cambio climático, la inteligencia artificial, las pandemias, la seguridad cibernética y la proliferación nuclear.
II. La 80.ª Asamblea General: un balance histórico del multilateralismo
Celebrada en septiembre de 2025, la 80.ª Asamblea General reunió a jefes de Estado y de Gobierno en un contexto internacional marcado por tensiones geopolíticas, guerras regionales y desafíos globales. A diferencia de ediciones anteriores, esta Asamblea fue concebida como un ejercicio de balance histórico y prospectivo.
En el debate general y en la reunión conmemorativa del 80.º aniversario (22 de septiembre), los Estados miembros reafirmaron su compromiso con los propósitos fundacionales de la ONU y destacaron la necesidad de una reforma estructural del sistema multilateral. En particular, se impulsó la discusión sobre la ampliación y democratización del Consejo de Seguridad, la regulación jurídica de la inteligencia artificial y el fortalecimiento del sistema de derechos humanos.
Aunque las resoluciones de la Asamblea General no son vinculantes, su impacto normativo es significativo. Como señala Schachter (1991), estas resoluciones contribuyen a la formación del soft law, orientando la práctica estatal y la interpretación del derecho internacional.
III. Beijing+30: avances normativos en igualdad de género
Otro evento crucial fue la Conferencia de Alto Nivel sobre la Plataforma de Beijing, que conmemoró los 30 años del documento adoptado en 1995. En 2025, los Estados no solo reafirmaron los compromisos asumidos, sino que adoptaron una Declaración de Beijing+30, que refuerza la obligación de los Estados de eliminar la discriminación contra las mujeres, conforme a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Este proceso confirmó la relevancia del soft law como catalizador de obligaciones vinculantes, demostrando que los compromisos políticos pueden evolucionar hacia normas jurídicas con fuerza progresiva.
IV. Años Internacionales y Expo Osaka 2025: nuevas agendas globales
La proclamación de 2025 como Año Internacional de las Cooperativas impulsó iniciativas económicas basadas en la solidaridad, la equidad y la sostenibilidad, alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Por su parte, el Año Internacional de la Preservación de los Glaciares generó una agenda global sobre la protección de ecosistemas criósfericos, con vistas a un futuro instrumento jurídico internacional sobre el tema.
En paralelo, la Expo Mundial Osaka 2025 (13 de abril – 13 de octubre) se consolidó como un espacio de diplomacia científica y técnica, donde los Estados presentaron soluciones innovadoras frente a desafíos globales. Aunque no organizada directamente por la ONU, la Expo reflejó el espíritu de cooperación internacional establecido en el artículo 1.3 de la Carta.
V. Conducta de los líderes en el extranjero: obligaciones y límites jurídicos
Uno de los debates más relevantes en 2025 giró en torno al comportamiento de los jefes de Estado en territorio extranjero y sus implicaciones jurídicas. El derecho internacional consuetudinario y la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961) establecen que los jefes de Estado gozan de inmunidades y privilegios, pero también deben respetar normas fundamentales:
Soberanía y no injerencia: deben abstenerse de intervenir en asuntos internos del Estado anfitrión.
Respeto al orden constitucional: no pueden incitar a las fuerzas armadas o instituciones extranjeras a desobedecer a sus autoridades legítimas.
Conducta diplomática: deben actuar conforme al principio de cortesía internacional.
La jurisprudencia internacional, como en el caso Arrest Warrant (RDC vs. Bélgica) (2002), ha reiterado que las inmunidades no significan impunidad y que los actos de los jefes de Estado pueden comprometer la responsabilidad internacional del Estado.
VI. Lecciones del pasado: cuando los líderes violaron el derecho internacional
El repaso histórico de 2025 incluyó análisis críticos de momentos en que presidentes actuaron fuera del marco jurídico internacional:
George W. Bush (2003): La invasión de Irak sin autorización del Consejo de Seguridad violó el artículo 2.4 de la Carta (Gray, 2018).
Vladímir Putin (2014): La anexión de Crimea vulneró la integridad territorial de Ucrania.
Augusto Pinochet (1973): Su régimen violó normas jus cogens, como la prohibición de la tortura.
Donald Trump (2017): El reconocimiento unilateral de Jerusalén ignoró resoluciones vinculantes del Consejo de Seguridad.
Estos casos fueron ampliamente debatidos en 2025 como ejemplos de cómo la conducta unilateral debilita el multilateralismo y socava la legitimidad del derecho internacional.
VII. 2025: resultados y perspectivas del 80.º aniversario
Los eventos de 2025 concluyeron con un consenso general: la necesidad de renovar el sistema multilateral. Aunque no se adoptaron reformas estructurales inmediatas, se sentaron las bases para procesos de negociación sobre la reforma del Consejo de Seguridad, la gobernanza de la inteligencia artificial y nuevos instrumentos ambientales.
Asimismo, los Estados reafirmaron su compromiso con la Agenda 2030 y con la defensa del orden jurídico internacional frente a tendencias unilaterales. La ONU demostró que, pese a sus limitaciones, sigue siendo el foro más legítimo y representativo para abordar los desafíos globales.
Conclusiones: el legado jurídico y político de 2025
El 80.º aniversario de la ONU no fue simplemente un ejercicio de memoria institucional. Constituyó un punto de inflexión histórico en el que los Estados reafirmaron la vigencia del derecho internacional, reconocieron la necesidad de adaptarlo a los nuevos tiempos y reafirmaron la centralidad del multilateralismo como herramienta para la paz, la seguridad y el desarrollo sostenible.
Las lecciones derivadas de los debates de 2025 son claras:
El respeto a los principios de la Carta sigue siendo el cimiento del orden internacional.
Los líderes estatales deben actuar con responsabilidad y dentro del marco jurídico incluso en territorio extranjero.
El multilateralismo, lejos de estar obsoleto, es más necesario que nunca ante los desafíos globales compartidos.
En definitiva, 2025 no fue solo una conmemoración: fue el punto de partida de un nuevo pacto internacional basado en el derecho, la cooperación y el respeto mutuo. El reto ahora es transformar las declaraciones y resoluciones adoptadas ese año en acciones concretas que fortalezcan el orden internacional del siglo XXI.
Referencias (formato APA)
Gray, C. (2018). International Law and the Use of Force (4.ª ed.). Oxford University Press.
Schachter, O. (1991). International Law in Theory and Practice. Martinus Nijhoff Publishers.
United Nations. (1945). Charter of the United Nations. San Francisco: United Nations.
International Court of Justice (ICJ). (1986). Case Concerning Military and Paramilitary Activities in and against Nicaragua (Nicaragua v. United States of America). ICJ Reports.
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